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Mercado Eléctrico 7 may 2024

Nuevo Plan Nacional Para Impulsar Proyectos de Sistemas de Almacenamiento de Energía en Terreno Fiscal

En el panorama energético actual, los sistemas de almacenamiento de energía juegan un papel crucial en la estabilidad y eficiencia de los sistemas eléctricos. En este contexto, la reciente Resolución Exenta N° 375 del Ministerio de Bienes Nacionales de Chile marca un hito significativo en la promoción y regulación de proyectos de almacenamiento de energía en terrenos fiscales. Profundicemos en su impacto:

 

Distribución estratégica por macrozonas: La resolución establece una distribución estratégica de proyectos de almacenamiento de energía en terrenos fiscales a lo largo de Chile. Con base en la capacidad máxima de almacenamiento por macrozona, se define la ubicación y la cantidad de proyectos que podrán ser implementados en cada región  (Regiones de Tarapacá, Antofagasta y Atacama).

  • Macrozona 1: Se prevé una capacidad máxima de almacenamiento de 3.6 GWh, en S/E Lagunas.
  • Macrozona 2: Se asigna una capacidad máxima de almacenamiento de 3.2 GWh, en S/E  Kimal.
  • Macrozona 3: Se contempla una capacidad máxima de almacenamiento de 0.6 GWh, en S/E  Los Andes.
  • Macrozona 4: Se establece una capacidad máxima de almacenamiento de 1.8 GWh, en S/E Parinas.
  • Macrozona 5: Se define una capacidad máxima de almacenamiento de 2.4 GWh, en S/E Cumbre.
  • Macrozona 6: Se determina una capacidad máxima de almacenamiento de 1.6 GWh, en S/E Nueva Cardones.

 

2. Oportunidades para empresas nacionales y extranjeras: La apertura a empresas tanto nacionales como extranjeras fomenta la competencia y la innovación en el sector. Cada interesado podrá presentar hasta cuatro postulaciones por cada macrozona pudiendo ser acogido a trámite un máximo de dos proyectos por cada macrozonas.

 

3. Diversificación tecnológica: La resolución permite el uso de diversas tecnologías de almacenamiento de energía, como la química, la potencial, la térmica, entre otras.

 

4. Compromiso con plazos de ejecución: El establecimiento de un plazo límite para la ejecución de los proyectos, no excediendo el 30 de junio de 2027, garantiza que estos se implementen de manera oportuna, contribuyendo así a cubrir las necesidades energéticas del país y promoviendo la seguridad energética a largo plazo.

 

5. Consideraciones técnicas y de conexión: La resolución establece requisitos técnicos específicos, como una duración mínima de almacenamiento de 4 horas, y enfatiza la importancia de la disponibilidad de conexión a subestaciones eléctricas específicas. 

 

En conclusión, la Resolución Exenta N° 375 del Ministerio de Bienes Nacionales de Chile marca un paso importante hacia la promoción y regulación de proyectos de almacenamiento de energía en terrenos fiscales. Su impacto se refleja en la promoción de la eficiencia energética, la diversificación tecnológica, y el compromiso con plazos de ejecución, entre otros aspectos. Con esta medida, Chile avanza hacia un futuro energético más sostenible y resiliente.

 

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